
A solo un mes del vencimiento de la Ley 2368 de 2024, que designa al Aeropuerto El Alcaraván como internacional, la Veeduría EYP Internacional exige acción inmediata a la Aeronáutica Civil, el Ministerio de Transporte, la Gobernación de Casanare y la Alcaldía de Yopal, ante la falta de avances para su implementación, crucial para el desarrollo de Casanare y la Orinoquía.
Cronología de un mandato estancado
12 de julio de 2024
Se promulga la Ley 2368, que ordena en un plazo de un año el traslado de la Dirección Regional Aeronáutica Oriente a Yopal y la habilitación del Aeropuerto El Alcaraván para operaciones internacionales.
6 de agosto de 2024
La Aeronáutica Civil emite la Resolución 01614, categorizando formalmente a El Alcaraván como aeropuerto internacional, pero sin avances materiales.
3 de junio de 2025
La Veeduría EYP Internacional, inscrita mediante Resolución 095 de la Personería Municipal de Yopal, inicia su labor de vigilancia ciudadana.
6 de junio de 2025
A un mes del plazo legal, no se ha trasladado la Dirección Regional ni se han establecido autoridades como Migración Colombia, DIAN, ICA, Policía Aeroportuaria, Antinarcóticos ni Sanidad Portuaria, requeridas por los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC).
Exigencias de la veeduría EYP internacional
La Veeduría, liderada por Luis Ángel Luna Ortiz, solicita:
Transparencia en informes
Entrega de reportes trimestrales ordenados por el artículo 4° de la Ley 2368, detallando avances en infraestructura, coordinación interinstitucional y cronogramas.
Imparcialidad en el estudio técnico
Claridad sobre quién realiza el análisis para el traslado de la Dirección Regional, evitando conflictos de interés con funcionarios de Villavicencio.
Acceso a documentos:
Copias de actas, diagnósticos, contratos y cronogramas del proceso.
Reconocimiento ciudadano:
Formalizar a la Veeduría como actor clave con acceso a información pública y participación en mesas técnicas.
Acción local:
Que la Gobernación, la Alcaldía y la RAP Llanos informen sobre gestiones, financiamiento con regalías y coordinación con entidades nacionales.
Indiferencia de autoridades locales y nacionales
La Gobernación de Casanare, la Alcaldía de Yopal y la RAP Llanos han mostrado escaso liderazgo, dejando el proyecto sin dolientes oficiales. La Veeduría advierte que, sin avances, iniciará acciones legales, como la acción de cumplimiento o acción popular, conforme al artículo 87 de la Constitución y la Ley 472 de 1998.
“Cuando la dirigencia política no actúa, la ciudadanía organizada sí lo hace”, declara la Veeduría, instando a priorizar el desarrollo regional sobre intereses políticos.
Por: Ricardo Collazos.