
En un nuevo revés para la Administración Departamental, el Juzgado Primero Civil Municipal de Yopal declaró improcedente una acción de tutela que buscaba forzar la aprobación de un proyecto de ordenanza presupuestal, conocido coloquialmente como Superávit.
La Gobernación de Casanare, encabezada por el gobernador César Ortiz Zorro, actuó como coadyuvante en la demanda, apoyando las pretensiones para desbloquear fondos destinados a salud, educación y programas sociales.
Sin embargo, la Asamblea Departamental salió victoriosa, consolidando su posición en los estrados judiciales frente a la entidad ejecutiva.
Antecedentes del conflicto por el superávit
El conflicto se centra en el proyecto de ordenanza N° 007-2025, radicado el 4 de junio de 2025 por el gobernador César Ortiz Zorro.
Este busca modificar el Presupuesto General de Rentas y Recursos de Capital del Departamento de Casanare para la vigencia fiscal de 2025, incorporando recursos adicionales para sectores clave como salud (incluyendo planes de contingencia y vigilancia), educación y alimentación para adultos mayores.
La acción de tutela fue interpuesta por Mabel Lorena López Forero el 20 de junio de 2025, alegando vulneración de derechos fundamentales como la salud, educación y alimentación de poblaciones vulnerables.
López Forero actuó como agente oficioso, argumentando que la dilación en el debate y aprobación del proyecto por parte de la Asamblea afectaba a estudiantes, adultos mayores y personas en situación de vulnerabilidad.
Según la demandante, la Asamblea no había fijado fecha para el debate, pese a que el diputado Juan Fernando Mancipe Pérez asumió la ponencia el 24 de junio.
Detalles de la acción de tutela y coadyuvancia de la Gobernación
La tutela solicitaba específicamente que la Asamblea procediera con el estudio, debate y aprobación del proyecto de ordenanza, fijando una fecha inmediata para su discusión.
En un giro notable, la Gobernación de Casanare, representada por su apoderada, coadyuvó las pretensiones de la demanda.
Argumentó que la negativa o dilación en la aprobación amenazaba derechos fundamentales de la población vulnerable y detalló que los fondos se destinarían a proyectos específicos como BPIN 2024005850045 (salud pública), entre otros.
Esta coadyuvancia resalta la tensión entre poderes: La Gobernación, bajo el liderazgo de César Ortiz Zorro, respaldó activamente la tutela para presionar a la Asamblea, alegando ausencia de argumentos jurídicos o técnicos para retrasar el trámite.
Sin embargo, esta estrategia no prosperó, marcando otro episodio en el que la Asamblea prevalece en disputas judiciales contra la administración departamental.
Respuesta de la Asamblea y otras entidades vinculadas
La Asamblea Departamental de Casanare, a través de su representante legal, defendió su actuación argumentando que el proyecto fue suspendido el 7 de julio de 2025 debido a una recusación presentada por un ciudadano contra los diputados, remitida a la Procuraduría Regional de Casanare. Esta entidad resolvió la recusación el 29 de julio, comunicándola al día siguiente, pero el periodo de sesiones ordinarias finalizó el 30 de julio, lo que llevó al archivo del proyecto conforme al artículo 98 de la Ley 2200 de 2022.
La Asamblea calificó la tutela como improcedente, citando falta de legitimación por activa de la demandante y la imposibilidad jurídica de revivir un proyecto archivado.
La Procuraduría Regional, vinculada al proceso, solicitó su desvinculación, afirmando que no vulneró derechos y que actuó dentro de los plazos legales.
Decisión judicial
En sentencia del 11 de agosto de 2025, la jueza Edna Viviana Pérez Cuevas declaró improcedente la tutela.
El fallo se basó en la falta de legitimación por activa: la accionante no identificó específicamente a las personas afectadas ni demostró su imposibilidad para actuar por cuenta propia, incumpliendo requisitos del Decreto 2591 de 1991 y jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Además, el juzgado rechazó la coadyuvancia de la Gobernación como base para legitimar la acción, ya que esta figura solo apoya pretensiones ajenas sin alegar derechos propios.
La decisión subraya que la tutela no procede para derechos colectivos sin conexión directa con vulneraciones individuales, recomendando acciones populares o contencioso-administrativas como vías alternativas.
Este fallo representa una nueva victoria judicial para la Asamblea Departamental frente a la Gobernación de César Ortiz Zorro, en un contexto de recurrentes tensiones por control presupuestal y proyectos de inversión social.
Implicaciones para Casanare y el futuro del presupuesto
La improcedencia de la tutela no cierra la puerta al proyecto: La Asamblea indicó que puede ser presentado nuevamente por la Gobernación.
Sin embargo, este episodio evidencia fricciones institucionales que podrían retrasar inversiones en salud y educación, afectando a miles de casanareños.