
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos- Invima, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, viene implementando acciones para verificar el cumplimiento del reglamento técnico del etiquetado nutricional y frontal de alimentos envasados y/o empacados, de acuerdo con la Resolución 810 de 2021, modificada por la Resolución 2492 de 2022 y por la Resolución 254 de 2023).
Desde la entrada en vigor de esta normativa, el Invima ha trabajado con el sector productivo y comercial para garantizar el cumplimiento de los requisitos que permiten a los consumidores contar con información clara, comprensible y veraz de los productos que consumen.
Estos requisitos incluyen los sellos de advertencia para alimentos que superan ciertos niveles de sodio, azúcares y grasas o que contienen edulcorantes, lo cual permite tomar mejores decisiones a los consumidores enfocadas en la información nutricional.
Durante el período de transitoriedad, los fabricantes, productores y vendedores pudieron agotar existencias de etiquetas anteriores sin necesidad de autorización. Posteriormente, la normatividad facultó al Invima, de acuerdo con sus procedimientos para otorgar a los fabricantes de alimentos el agotamiento de las etiquetas y el uso de adhesivos.
Una vez finalizado este periodo (14 de junio de 2024) todos los productos fabricados, importados o comercializados deben dar cumplimiento a la totalidad de los requisitos que contempla la Resolución 810 del 2021, con sus modificaciones y correcciones.
Es importante destacar que no todos los alimentos deben llevar sellos de advertencia, ya que algunos productos no exceden los niveles de contenidos de nutrientes establecidos por el Ministerio de Salud. La intención de este etiquetado es preventiva y va en la misma vía de mantener la salud pública.
El Invima también aclara que las empresas pueden reformular o modificar sus productos, conforme a las condiciones que establece la Resolución 2674 de 2013, siempre bajo la presunción de buena fe y sujetos a una estricta verificación por parte del Instituto.
Finalmente, el Invima recuerda que otros aspectos del etiquetado, como la fecha de vencimiento o el uso de aditivos, están regulados por normativas específicas. Así como también en algunos casos se consideran para el uso de aditivos los conceptos emitidos por la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas – SEAB.