Dentro de la Acción Popular 2014-249 fue ordenado lo siguiente.
Que en cumplimiento a la Decisión Judicial emitida por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal, dentro de la ACCIÓN POPULAR 2014- 249, ORDENA:
- Prohibir actividades de cualquier tipo de construcción con fines urbanísticos, recreativos, comerciales o privados o de distritos de riego para cultivos, así como la tala y quema de la vegetación nativa y existente sobre la ronda protectora del caño Aguaverde, en una franja de 50 metros.
- Prohibir actividades de construcción de trinchos y desviación de canales.
- Obligación de la comunidad en general de la Vereda La Unión, realizar la vigilancia de esta prohibición, comunicando a la Alcaldía Municipal y Corporinoquia, el incumplimiento a lo ordenado.
- Quien no acate lo aquí ordenado, incurrirá en la imposición de medidas correctivas por infracción urbanística y procesos sancionatorios ambientales.