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Normas para las empresas de domicilios que operan en Yopal

Igualmente, la Administración Municipal, invita a la comunidad a hacer uso de los servicios a domicilio para evitar desplazamientos innecesarios.

Con el propósito de velar por el cumplimiento del Decreto 531 del 8 de abril de 2020, proferido por el Gobierno Nacional, mediante el cual se reglamentó el Aislamiento Preventivo Obligatorio, como estrategia para evitar la propagación del COVID-19, la Alcaldía de Yopal, a través de la Secretaría de Tránsito y Trasporte, se permite comunicar a las empresas de domicilios que funcionan en la ciudad, que sus empleados deben cumplir con todas las normas establecidas por el Ministerio de Salud y garantizar seguridad en los servicios que prestan.

Igualmente, debido al riesgo de contagio del nuevo Coronavirus, la Administración Municipal, invita a los yopaleños a hacer uso de los servicios domiciliarios, evitando así salir de casa. Acatar la medida de aislamiento obligatorio, contribuirá a la disminución de los índices de infección, y les facilitará a las autoridades de salud el trabajo en la etapa de contención en la cual se encuentra el país.

Entre tanto, los domiciliarios podrán prestar el servicio sin restricción de horario y deben cumplir con las siguientes normas:

  • Estar debidamente identificados con el carnet de la empresa.
  • Portar todos los documentos exigidos en el Código Nacional de Tránsito:
  1. Licencia de Conducción
  2. Licencia de Tránsito
  3. Soat vigente
  4. Revisión Tecnomecánica

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