Noticias de Yopal

Obra de construcción sellada por segunda vez en Yopal

El retirar los sellos impuestos sin autorización se configura como un delito.

Por segunda vez, la Oficina Asesora de Planeación de Yopal hizo sellamiento a una construcción ubicada sobre la calle 30, donde al parecer no se acató la orden de suspensión de obra y se había hecho levantamiento ilegal de sello.

En ese sentido, los equipos de Control Urbano e Inspección Urbana de Policía, acudieron al sitio y recordaron al responsable de la obra que los sellos impuestos solo pueden ser retirados por este Despacho o Autoridad competente, pues de lo contrario se podría incurrir en delito contemplado en el artículo 292 de la Ley 599 de 2000, referente a la destrucción, supresión u ocultamiento de documento público, la cual reza:

(…) El que destruya, suprima u oculte total o parcialmente documento público que pueda servir de prueba, incurrirá en prisión de dos (2) a ocho (8) años.

Por lo tanto, el incumplimiento de la orden de Policía, mediante la cual se imponen medidas correctivas, configura el tipo penal establecido para el fraude a Resolución Judicial o Administrativa de Policía establecido en el artículo 454 de la Ley 599 de 2000, incluso con el apoyo de la fuerza pública, cobro coactivo y demás facultades que la Ley otorgue para dicho fin.

 

 

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